ECONOMIA

Monotributo 2026: ARCA actualiza las escalas y el tope máximo de facturación trepa a $127 millones desde julio

El organismo oficializa el ajuste semestral obligatorio por inflación, que registrará una suba estimada del 14,3%. El incremento impactará tanto en los límites de facturación permitidos como en las cuotas mensuales de todas las categorías.

BUENOS AIRES.– La Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA) ya tiene listos los nuevos parámetros del Monotributo que comenzarán a regir formalmente a partir de julio de 2026. Esta actualización masiva modificará los topes de facturación anual y las cuotas mensuales de los millones de pequeños contribuyentes bajo el régimen simplificado, en el marco de la recategorización correspondiente al segundo semestre del año.

La medida responde al mecanismo de actualización semestral establecido por ley, el cual obliga a ajustar las variables del régimen tomando como referencia directa la inflación acumulada durante los últimos seis meses. De acuerdo con los relevamientos técnicos de las últimas semanas, el incremento general rondará el 14,3%.

Nuevos techos de facturación anual

El ajuste llevará previsibilidad a los contribuyentes que temían quedar excluidos del régimen por el efecto inflacionario en sus ingresos nominales.

La Categoría A (la más baja del sistema) elevará su límite de facturación anual de los $10,2 millones actuales a aproximadamente $12 millones. En tanto, la Categoría B se extenderá hasta los $17,6 millones y la Categoría C alcanzará los $24,7 millones anuales.

En los escalones más altos, la Categoría H se elevará hasta los $82,1 millones y la Categoría J rozará los $105,3 millones. Finalmente, el techo máximo para permanecer dentro del Monotributo —delimitado por la Categoría K— se incrementará de los actuales $108.357.084,05 a un nuevo tope de $127 millones anuales.

Escalas de las cuotas mensuales desde julio 2026

Los nuevos importes que confirmará ARCA muestran subas en todos los niveles. Los valores finales diferencian, a partir de la Categoría C, si la actividad principal corresponde a la prestación de servicios o a la venta de bienes muebles:

Categoría Cuota Mensual: Servicios Cuota Mensual: Venta de Bienes
A $42.386,74 $42.386,74
B $48.250,78 $48.250,78
C $56.501,85 $55.227,06
D $72.414,10 $70.661,26
E $102.537,97 $92.658,35
F $129.045,32 $111.198,27
G $197.108,23 $135.918,34
H $447.346,93 $272.063,40
I $824.802,26 $406.512,05
J $999.007,65 $497.059,41
K $1.381.687,90 $600.879,51

Atención adheridos al Débito Automático: Las entidades bancarias procesarán los pagos directamente con los importes actualizados a partir del próximo mes, por lo que no se requerirá realizar trámites adicionales para el pago de la nueva cuota fija.

Los análisis de los padrones fiscales demuestran que las categorías A y B continúan concentrando a la gran mayoría de los inscriptos en el país. Desde el organismo recordaron que los contribuyentes deberán evaluar su facturación de los últimos 12 meses antes de la fecha límite establecida por ARCA para realizar el trámite de recategorización obligatoria, evitando de este modo posibles sanciones fiscales o exclusiones de oficio.

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