Los colegios privados de San Juan podrán aumentar hasta un 7,22% las cuotas en agosto
La Dirección de Educación Privada autorizó una nueva actualización de los aranceles para las instituciones incorporadas a la Enseñanza Oficial. Cada establecimiento podrá aplicar una suba menor, pero el porcentaje que no utilice no podrá acumularse para futuros incrementos.
Las familias sanjuaninas que envían a sus hijos a colegios privados deberán afrontar una nueva actualización de las cuotas durante agosto. La Dirección de Educación Privada autorizó un incremento de hasta el 7,22% para los establecimientos incorporados a la Enseñanza Oficial.
La medida quedó establecida mediante la Disposición N.º 216-DEP-2026, firmada el 10 de agosto. El porcentaje representa el tope máximo permitido, por lo que cada institución podrá decidir si aplica el aumento completo o establece una suba inferior.
El cálculo se hará sobre las cuotas de mayo
La normativa establece un criterio particular para determinar el nuevo valor de los aranceles. El porcentaje de aumento deberá calcularse tomando como referencia la cuota correspondiente a mayo de 2026, y no el monto que las familias abonaron durante julio.
A partir de ese valor podrá aplicarse el incremento autorizado de hasta el 7,22%.
En caso de que un colegio decida aplicar una suba inferior al máximo permitido, la diferencia no podrá trasladarse a meses posteriores. Es decir, el porcentaje que no se utilice quedará sin efecto y no podrá acumularse para futuros aumentos.
Es el tercer aumento autorizado durante 2026
La actualización de agosto se suma a otros dos incrementos que habían sido habilitados previamente por Educación Privada.
En marzo, el límite había sido del 5,80%, mientras que en mayo se autorizó una suba de hasta 10,33%. Ahora, para agosto, el nuevo tope quedó establecido en 7,22%.
El porcentaje fue determinado a partir del IPADEP San Juan N.º 24, indicador correspondiente al segundo trimestre de 2026 que se utiliza para evaluar la evolución de distintos costos vinculados con la educación privada.
Entre los factores considerados para establecer el índice se encuentran la evolución del salario de un cargo docente testigo con antigüedad, el Índice de Precios al Consumidor de San Juan y el Coeficiente de Variación Salarial a nivel nacional.
Qué deberán informar los establecimientos
Los colegios que decidan aplicar el aumento deberán presentar ante la Dirección de Educación Privada una Declaración Jurada de Aranceles antes del 31 de agosto.
En ese documento deberán informar los valores que estaban vigentes y los nuevos montos que comenzarán a cobrar. Además, tendrán que comunicar la modificación de los aranceles a las familias.
La normativa también establece que cualquier incremento posterior de las cuotas deberá contar previamente con la autorización de la Dirección de Educación Privada.
