Condenaron a un hombre por abuso sexual contra una persona con discapacidad y cumplirá la pena en libertad
El acusado recibió una pena de un año y seis meses de prisión condicional. Durante dos años deberá cumplir estrictas reglas de conducta y tendrá prohibido acercarse o comunicarse con la víctima.
La Justicia de San Juan condenó a C.C.J. a un año y seis meses de prisión de cumplimiento condicional, luego de considerarlo responsable de un hecho de abuso sexual simple cometido contra una persona con discapacidad intelectual.
La resolución se tomó en las últimas horas mediante un juicio abreviado, en una audiencia encabezada por el fiscal Duilio Ejarque, junto con las ayudantes fiscales Candela Pérez y Agustina Cerdera.
El hecho investigado
De acuerdo con lo establecido durante el proceso judicial, el episodio ocurrió el 18 de abril de 2026, cuando el condenado se encontraba en el domicilio del hermano de la víctima.
Según la acusación, C.C.J. ingresó al inmueble y llevó a la víctima hasta un sector de la vivienda, donde cometió el abuso. La persona afectada posee una discapacidad intelectual moderada.
Luego de analizar las pruebas incorporadas a la causa y el acuerdo alcanzado entre las partes, la Justicia declaró penalmente responsable al acusado y estableció la pena de un año y seis meses de prisión condicional.
Las restricciones que deberá cumplir
Aunque la pena no implica su ingreso a prisión, C.C.J. deberá respetar durante dos años una serie de condiciones fijadas judicialmente.
Entre ellas, deberá fijar domicilio real, abstenerse del consumo de estupefacientes y evitar el consumo abusivo de bebidas alcohólicas.
La principal medida de protección está vinculada con la víctima: el condenado tiene prohibido acercarse o establecer cualquier tipo de contacto con ella.
La restricción establece una distancia mínima de 500 metros respecto de la víctima y de su domicilio. También se le prohibió realizar actos que puedan resultar molestos, perturbadores u hostigantes, tanto de manera directa como mediante terceras personas.
La prohibición alcanza además a los medios de comunicación y las redes sociales, incluyendo llamadas telefónicas, WhatsApp, Instagram y Facebook.
De esta manera, el condenado deberá permanecer en libertad mientras cumpla las condiciones impuestas por la Justicia durante el período establecido.
