Nueva RTO: los controles vehiculares podrán realizarse en talleres mecánicos habilitados de todo el país
El Gobierno nacional puso en marcha un nuevo esquema para la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), el cual permite que el control vehicular pueda realizarse no solo en las plantas oficiales tradicionales, sino también en talleres mecánicos, concesionarias e importadores que obtengan la habilitación correspondiente.
La reforma fue instrumentada mediante la apertura permanente de un registro nacional de talleres de inspección técnica. El objetivo oficial es ampliar la oferta de establecimientos, reducir las demoras en la atención y promover la competencia de precios entre los prestadores. No obstante, la normativa aclara que los locales que deseen sumarse deberán acreditar capacidad técnica, disponer de instalaciones adecuadas y someterse a auditorías periódicas.
Cómo funciona el nuevo sistema
El procedimiento de habilitación se canalizará a través de un registro nacional digital de acceso público. Entre las principales novedades del esquema destacan:
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Libre elección de establecimiento: La inspección podrá concretarse en cualquier local oficialmente inscripto, de manera independiente al lugar donde se encuentre radicado el vehículo.
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Cobertura integral: Los talleres autorizados estarán facultados para revisar unidades particulares, comerciales, de transporte de carga o pasajeros, vehículos antiguos y especiales.
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Mantenimiento de exigencias técnicas: Los centros deberán cumplir con los protocolos de seguridad vigentes, contar con equipamiento de medición homologado y disponer de un profesional responsable de la dirección técnica.
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Doble certificación: Se entregará la oblea física para el parabrisas acompañada de un certificado digital con igual validez jurídica, cuyos datos se integrarás en una base nacional unificada.
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Libre competencia de tarifas: Las jurisdicciones no podrán limitar la cantidad de establecimientos ni fijar precios mínimos o máximos obligatorios, por lo que los aranceles variarán según el prestador.
Nuevos plazos de vigencia
La reglamentación actualizó además las frecuencias con las que debe realizarse el trámite:
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Autos particulares 0 km: La primera revisión deberá hacerse al cumplir los 5 años desde el patentamiento.
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Particulares con hasta 10 años de antigüedad: La RTO tendrá una validez de 24 meses.
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Particulares con más de 10 años: La renovación deberá ser anual.
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Vehículos comerciales, de carga o pasajeros: Realizarán su primer control a los 12 meses del patentamiento y mantendrán la revisión con periodicidad anual.
La situación a nivel provincial
A pesar de la vigencia de la norma a nivel nacional, su implementación efectiva en cada provincia requerirá de la adhesión formal de las autoridades locales.
Mientras no se ratifique el acuerdo en el ámbito provincial, la inspección continuará realizándose de manera exclusiva en los centros habilitados previamente. Por este motivo, se recomienda a los usuarios verificar qué establecimientos cuentan con la autorización oficial antes de concurrir a realizar el trámite.
