POLICIALES

Condenaron a dos médicos y un bioquímico por una millonaria maniobra contra la Obra Social Provincia

Los tres profesionales fueron responsabilizados por facturar prestaciones y prácticas médicas que, según la investigación, los afiliados aseguraron no haberse realizado. Recibieron penas de prisión condicional y continuarán en libertad.

Una investigación por presuntas prestaciones médicas inexistentes facturadas a la Obra Social Provincia (OSP) terminó con tres profesionales de la salud condenados por la Justicia de San Juan.

Se trata de los médicos Eduardo Octavio Leaniz y Carlos Fernando Agüero, y del bioquímico Pablo Daniel Olivares, quienes fueron considerados coautores penalmente responsables del delito de defraudación a la Administración Pública.

Las condenas se establecieron mediante un juicio abreviado y, debido a que fueron de ejecución condicional, ninguno de los tres deberá cumplir prisión efectiva.

Cómo comenzó la investigación

El expediente se inició a partir de una denuncia presentada por representantes de la OSP el 12 de agosto de 2025.

El organismo había detectado irregularidades luego de que afiliados comenzaran a advertir que en sus registros aparecían consultas y prácticas médicas que aseguraban no haber realizado.

Uno de los casos que permitió encender la alarma surgió cuando un afiliado ingresó a la aplicación CIDI (Ciudadano Digital) y descubrió prestaciones que desconocía. A partir de ese reclamo comenzaron a aparecer otros casos similares.

La investigación quedó en manos de la UFI Norte, que analizó documentación, expedientes administrativos y testimonios de los afiliados.

Bonos con firmas que los afiliados desconocían

Uno de los principales elementos incorporados a la causa fueron los bonos utilizados para acreditar las prestaciones.

Según la investigación, varios afiliados manifestaron desconocer las firmas que aparecían en esa documentación y aseguraron que las consultas o prácticas consignadas nunca habían sido realizadas.

Los investigadores también detectaron una particularidad del sistema DOS que habría facilitado la operatoria: permitía obtener bonos sin contar necesariamente con el carnet físico del afiliado.

De acuerdo con la acusación, esos bonos podían utilizarse posteriormente para registrar y facturar prestaciones que finalmente eran abonadas a los profesionales.

Con el avance de la pesquisa aparecieron nuevos expedientes y más afiliados que denunciaron situaciones similares.

Las condenas

Tras reunir la prueba, las partes llegaron a un acuerdo de juicio abreviado que terminó con condenas para los tres profesionales.

  • Pablo Daniel Olivares: recibió 2 años de prisión de ejecución condicional. Se le atribuyeron 10 hechos.
  • Eduardo Octavio Leaniz: fue condenado a 2 años y 3 meses de prisión de ejecución condicional, por 18 hechos.
  • Carlos Fernando Agüero: recibió 2 años y 5 meses de prisión de ejecución condicional, por 26 hechos.

La cantidad de hechos atribuidos a cada uno fue uno de los elementos considerados para establecer las penas.

Seguirán en libertad

A pesar de las condenas, los tres profesionales permanecerán en libertad, debido a que las penas son de ejecución condicional.

Además, deberán cumplir reglas de conducta y permanecer bajo la supervisión del Patronato de Liberados durante dos años, conforme a lo establecido por el Código Penal.

Una mujer fue sobreseída

La resolución judicial también definió la situación de Natalia Mateos, licenciada en Kinesiología que había sido involucrada inicialmente en la investigación.

Mateos figuraba como propietaria de la clínica junto con Olivares y, durante las primeras etapas del expediente, había sido considerada como una posible partícipe de las maniobras investigadas.

Sin embargo, la investigación no logró reunir elementos suficientes que demostraran su participación en los hechos.

Por ese motivo, la Justicia resolvió sobreseerla por falta de participación en el delito investigado.

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